¿Cómo se adhiere la deuda al plan de pagos de la Ley N° 27.653?
Plan de pagos destinado a micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, asociaciones civiles y pequeños contribuyentes.
RECORDATORIO
Las cuotas serán iguales en cuanto al capital y consecutivas, no pudiendo resultar inferiores a $1.000, excepto cuando la deuda consolidada sea menor a dicho importe.
La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las siguientes el día 16 de cada mes, cancelándose a través de débito directo en cuenta bancaria.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
La cantidad máxima de cuotas varía de acuerdo al contribuyente y a las obligaciones que pretenda incluir en el plan, según se detalla a continuación:
1. Entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas con certificado mipyme, personas humanas y sucesiones indivisas considerados “Pequeños contribuyentes”
- Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 60 cuotas
- Demás obligaciones: 120 cuotas
2. Medianas empresas
- Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 36 cuotas
- Demás obligaciones: 60 cuotas
3. Demás contribuyentes
- Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 24 cuotas
- Demás obligaciones: 36 cuotas
Cuando los planes incluyan obligaciones que tienen diferente cantidad de cuotas se tomará la menor.
Fuente: AFIP