3er Anticipo Bienes Personales

Período Fiscal 2021 - Vencimientos Diciembre/21

3er Anticipo Bienes Personales

¿Qué son los anticipos?

Son importes a cuenta de determinados tributos al que está obligado un ciudadano, siendo exigibles hasta la fecha de presentación de la respectiva declaración jurada. Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de su vencimiento.

¿Cuántos anticipos se deben ingresar a cuenta del impuesto?

Las personas físicas y sucesiones indivisas deberán determinar e ingresar 5 anticipos en concepto de pago a cuenta del impuesto que les corresponda abonar.

¿Cómo se determinan los anticipos?

Las personas humanas y las sucesiones indivisas, responsables del impuesto sobre los bienes personales, podrán calcular y determinar los anticipos a cuenta del gravamen correspondiente al período fiscal 2019 a través del sistema Cuentas Tributarias y según el procedimiento de excepción detallado a continuación.

  • Al monto total de los bienes gravados determinado en la declaración jurada del período fiscal 2018 se le restará el importe declarado en dicho período en concepto de inmueble con destino a casa-habitación, siempre que el mismo resulte igual o inferior a $ 18.000.000.
  • Sobre el nuevo valor total de los bienes que excedan los $ 2.000.000, se aplicará la alícuota que corresponda según la siguiente escala:
Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponiblePagarán $Más el %Sobre el excedente de $
Más de $A $
0 3.000.000, inclusive 0 0,50% 0
3.000.000 6.500.000, inclusive 15.000 0,75% 3.000.000
6.500.000 18.000.000, inclusive 41.250 1,00% 6.500.000
18.000.000 en adelante 156.250 1,25% 18.000.000
  • Al impuesto así determinado se le detraerá, en caso de corresponder, la suma computada como pago a cuenta por los impuestos similares pagados en el exterior.
  • Sobre el monto resultante se aplicará el 20% para determinar el importe de cada anticipo.

ACLARACIÓN: Excepcionalmente, para el período 2018 en caso de tratarse de personas humanas y de las sucesiones indivisas, pondremos en el servicio "Sistema de cuentas Tributarias", la información de los anticipos calculados en función de la ganancia neta sujeta a impuesto declarada por el contribuyente para el período fiscal 2017.

¿Cuánto es el monto mínimo para el ingreso de los anticipos?

Corresponderá efectuar el ingreso de anticipos cuando el importe que se determine resulte igual o superior a la suma de $ 1.000.

¿Cómo se ingresan los anticipos?

Los ciudadanos alcanzados por el sistema "Cuentas Tributarias" por medio del VEP. El resto de los contribuyentes por medio del VEP o cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el BCRA e implementado por AFIP.

Los códigos a consignar son los siguientes:

  • Impuesto: 180 - Impuesto sobre los Bienes Personales
  • Concepto: 191 - Anticipos
  • Subconcepto: 191 - Anticipos

¿Cómo se solicita la reducción de anticipos?

La opción de reducción de anticipos podrá ejercerse a partir del tercer anticipo cuando se trate de personas humanas o sucesiones indivisas.

No obstante ello, la opción podrá ejercerse a partir del primer anticipo cuando se considere que la suma total a ingresar en tal concepto, por el régimen general, superará, en más del 40%, el importe estimado de la obligación del período fiscal al cual es imputable.

A los efectos de hacer uso de esta opción los responsables deberán:

  1. Ingresar al servicio con clave fiscal "Cuentas Tributarias".
  2. Seleccionar la opción "Reducción de Anticipos", en la cual una vez indicado el impuesto y el período fiscal, se consignará el importe de la base de cálculo proyectada.
  3. Efectuar, en su caso, el pago del importe del anticipo que resulte de la estimación practicada, mediante VEP.

Las obligaciones indicadas deberán cumplirse hasta la fecha de vencimiento fijada para el ingreso del anticipo en el cual se ejerce la opción.

¿Cuándo vencen los anticipos de Bienes Personales?

INGRESO DE ANTICIPOS DEL PERÍODO FISCAL 2021
1º ANTICIPO DEL PERIODO 2021
Terminación de CUITFecha de vencimiento
0–1–2 y 3 24/08/2021
4–5 y 6 25/08/2021
7–8 y 9 26/08/2021
2º ANTICIPO DEL PERIODO 2021
Terminación de CUITFecha de vencimiento
0–1–2-3 13/10/2021
4–5-6 14/10/2021
7–8-9 15/10/2021
3º ANTICIPO DEL PERIODO 2021
Terminación de CUITFecha de vencimiento
0–1–2-3 13/12/2021
4–5-6-7–8-9 14/12/2021

 


Fuente: AFIP

 

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