21-06-2016

Allanamientos de Estudios Contables

Estimado profesional: En caso de ser allanado su domicilio profesional, dentro de la jurisdicción de CABA, tiene derecho a solicitar la presencia de un veedor a cargo del...

Allanamientos de Estudios Contables

Estimado profesional: En caso de ser allanado su domicilio profesional, dentro de la jurisdicción de CABA, tiene derecho a solicitar la presencia de un veedor a cargo del Consejo comunicándose con la Gerencia Técnica, Tel. 5382-9252/9302. Ello, en resguardo del secreto profesional y la garantía del debido proceso. 
Le recordamos la importancia de mantener actualizado su domicilio de ejercicio profesional en cumplimiento de la Resolución C.D. 133/01 y sus modificaciones (domicilio real), mediante correo electrónico al Sector Matrículas matriculas@consejo.org.ar.

Requisitos para solicitar Veedor

• Comunicarse con Gerencia Técnica a los siguientes teléfonos 5382-9252/9302. 
• Denunciar Nombre, Apellido, Tomo y Folio del profesional matriculado sujeto al allanamiento. 
• Denunciar domicilio donde se produce el allanamiento (deberá tratarse del Estudio Profesional). 
• Informar datos del Órgano que ordena la medida (Nº de Juzgado y Secretaría, Nombre de la causa y número de expediente). 
• Indicar responsable del allanamiento y teléfono de contacto.

 

Información útil: pautas a tomar en cuenta en caso de allanamiento

• La autoridad que ordena la medida tiene la obligación legal de dar aviso al Consejo Profesional y permitir la presencia de un Veedor. 
• El profesional allanado tiene la facultad de solicitar un Veedor en caso que no hubiera sido solicitado previamente. 
• La orden judicial puede cumplirse aunque no se encuentre presente un Veedor, su ausencia no provoca la suspensión de la medida ni su demora. 
• La autoridad a cargo del allanamiento debe cumplir la orden íntegramente que ha sido dictada por autoridad competente. 
• Al comienzo de la medida debe notificarse su alcance (contenido de la orden de allanamiento). 
• No debe registrarse ni secuestrarse aquello que no estuviera expresamente comprendido en la orden de allanamiento. 
• El Veedor proporcionado por el Consejo Profesional se hará presente munido de la credencial que lo identifica. 
• Al finalizar la medida se labrará un acta. 
• El profesional allanado podrá solicitar que se asiente en el acta de allanamiento lo que estime conveniente.

 

Fuente: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

REFORMA

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