Auditoría impositiva y revisión financiera del balance.

La auditoría impositiva es tan necesaria en las empresas como la revisión financiera del balance. Habitualmente las empresas requieren la auditoría financiera de sus...

Auditoría impositiva y revisión financiera del balance.

La auditoría impositiva es tan necesaria en las empresas como la revisión financiera del balance. Habitualmente las empresas requieren la auditoría financiera de sus estados contables porque deben presentarlos con la revisión de un contador antes diversos organismos, pero también puede resultar necesaria una auditoría fiscal que es la que apunta a investigar más de cerca el cumplimiento impositivo y previsional de la compañía.

La auditoría fiscal, como una investigación con propósito especial a cargo de un contador público, tiene por objeto dar una opinión profesional sobre la razonabilidad de las cuentas de las empresas por conceptos impositivos y previsionales.

A modo de ejemplo un programa básico de evaluación fiscal general comprende, según precisó Armando Miguel Casal, director académico de D&G y titular de Miguel Casal & Asociados:

- Evaluar los objetivos y componentes de sistema de control interno de la empresa.
- Valorar los riesgos fiscales e identificar las respuestas de la administración para hacerles frente.
- Analizar los aspectos de las autoridades fiscales que estén pendientes de resolver.
- Tomar estado de libros comerciales y registros societarios; analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos a las registraciones efectuadas mediante sistemas computadorizados.
- Revisar las declaraciones juradas presentadas por la compañía en su aspecto formal y sustancial.
- Controlar las declaraciones individuales de los accionistas o socios.
- Revisar las constancias del pago de impuestos, retenciones, percepciones y de aportes y contribuciones previsionales, así como corroborar los intereses, cálculo y pago, y estado de trámites por sanciones por infracciones formales y sustanciales por incumplimientos de obligaciones tributarias.
- Constatar el ordenamiento adecuado y resguardo de los archivos de información y documentación de respaldo; verificar la necesidad de la utilización y autorización de los controladores fiscales.
- Corroborar el cumplimiento general de la normativa tributaria vinculada, directa y accesoriamente, con las obligaciones tributarias de la entidad.
- Elaborar un informe con los comentarios, observaciones y recomendaciones.

La auditoría de aspectos fiscales también forma parte de la auditoría financiera. Representa una parte de la labor profesional del auditor independiente que se debe realizar al efectuar la auditoría de los estados contables, de propósito general y para usuarios externos, de una organización determinada, puntualizó Casal.

En Argentina, si bien no existe el "dictamen para fines fiscales" está vigente el "informe para fines fiscales". En el Alcance de la tarea realizada en este trabajo, el contador público debe dejar constancia de que su trabajo incluyó constatar que la información examinada surge de los estados contables sobre los cuales se emitió el informe de auditoría o certificación profesional.
El informe debe indicar si tiene o no observaciones que formular.

Cuando los estados contables fueron examinados de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, debe dejarse constancia de la síntesis del "informe de auditoría". En los casos de opiniones adversas o con salvedades hay que señalar el tipo de problema determinado.

Fiscalización tributaria

La fiscalización tributaria representa el proceso de investigación pública destinado a constatar el correcto cumplimiento por parte de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, principales y accesorias, o formales, contenidas en la normativa legal y administrativa vigente, dijo Casal.

Dentro de las distintas acciones de contralor que se pueden concretar, destaca la visita de inspección que pueda ordenarse sobre determinado contribuyente.

Las acciones de los agentes de administración pública, en general, se encuentran contenidas dentro del sistema de normas que tienden a garantizar la legalidad de los actos emanados de los distintos organismos del Estado.

En materia tributaria el poder de policía ha sido conferido a las Administraciones Tributarias a través de distintas normas, dotándolas de facultades para verificar y fiscalizar las obligaciones tributarias e investigar la situación de los contribuyentes y las posibles infracciones.

Los principios contenidos en la Constitución Nacional presentan la particularidad de referirse a los tributos y de constituirse en límites infranqueables a la facultad de crearlos y exigirlos. Estos son legalidad; igualdad fiscal; generalidad; no confiscatoriedad; irretroactividad de la ley; garantía de la razonabilidad; equidad; proporcionalidad; y capacidad contributiva.

Fuente. Cronista.

REFORMA