Convenio Multilateral. Calendario de vencimientos para el año 2019

RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 7/2018

Convenio Multilateral. Calendario de vencimientos para el año 2019

Se fijan las fechas de vencimiento del período fiscal 2019 para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto sobre los ingresos brutos de los sujetos comprendidos en el Convenio Multilateral. 
Señalamos que el vencimiento de la declaración jurada anual del período fiscal 2018 operará el día 20/5/2019.


 

VISTO y CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para la presentación y pago de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral.

Que en virtud de la decisión de utilizar el número de CUIT como identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, se torna necesario que los vencimientos se determinen por el dígito verificador de dicho número de CUIT. Que en tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2019.

Que, asimismo, es necesario fijar la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2018.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)

RESUELVE:

Art. 1 - Establécense para el período fiscal 2019, las fechas de vencimiento para la presentación mensual de la declaración jurada -Formularios CM03 y CM04- y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en el Anexo de la presente, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.

Art. 2 - Establécese que el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada -Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2018 operará el día 20 de mayo de 2019, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en loartículos 83 84 del Anexo de la resolución general 1/2018 (y el ordenamiento de resoluciones generales que lo sustituya en el futuro).

Art. 3 - Establécese que de fijarse un nuevo feriado nacional o día no laborable que coincidiere con un día de vencimiento fijado en el calendario del Anexo de la presente, dicha fecha operará el día hábil inmediato siguiente al mismo. En tal caso, también se correrán sucesivamente los subsiguientes días de vencimiento de ese mes.

Art. 4 - Comuníquese la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores.

Art. 5 - De forma.

TEXTO S/RG (CA) 7/2018 - BO: 10/12/2018

FUENTE: RG (CA) 7/2018

VIGENCIA Y APLICACIÓN

Vigencia: 10/12/2018

Aplicación: para establecer los vencimientos del período fiscal 2019

ANEXO

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Contribuyentes del Convenio Multilateral

FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN TERMINACIÓN N° CUIT

(DÍGITO VERIFICADOR)

 

Anticipos

0 a 2

3 a 5

6 a 7

8 a 9

1

Enero

15/2/2019

18/2/2019

19/2/2019

20/2/2019

2

Febrero

15/3/2019

18/3/2019

19/3/2019

20/3/2019

3

Marzo

15/4/2019

16/4/2019

17/4/2019

22/4/2019

4

Abril

15/5/2019

16/5/2019

17/5/2019

20/5/2019

5

Mayo

18/6/2019

19/6/2019

21/6/2019

24/6/2019

6

Junio

15/7/2019

16/7/2019

17/7/2019

18/7/2019

7

Julio

15/8/2019

16/8/2019

20/8/2019

21/8/2019

8

Agosto

16/9/2019

17/9/2019

18/9/2019

19/9/2019

9

Setiembre

15/10/2019

16/10/2019

17/10/2019

18/10/2019

10

Octubre

15/11/2019

19/11/2019

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21/11/2019

11

Noviembre

16/12/2019

17/12/2019

18/12/2019

19/12/2019

12

Diciembre

15/1/2020

16/1/2020

17/1/2020

20/1/2020

 

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