IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SERVICIOS INFORMÁTICOS BASADOS EN LA NUBE. FUENTE EXTRANJERA

En el Boletín Impositivo de abril de 2018, se publicó un dictamen sobre la existencia de fuente argentina o extranjera ante servicios informáticos basados en la nube prestados por un sujeto residente en el exterior a compañías locales. Es la resolución (SDG TLI) 47/2017. Sin lugar a dudas, el Fisco esboza una opinión muy importante para tener en cuenta a la hora de determinar la existencia de fuente argentina.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SERVICIOS INFORMÁTICOS BASADOS EN LA NUBE. FUENTE EXTRANJERA