MORATORIA 2021 PARA INM/ABL Y PATENTES

MORATORIA 2021 PARA INM/ABL Y PATENTES

La AGIP dispuso un Nuevo Plan de Facilidades, con condonación de intereses y en cuotas, para aquellos contribuyentes que tengan deuda administrativa de los impuestos Inmobiliario/ABL y Patentes.

Estará vigente desde el 01 de febrero hasta el 30 de junio de 2021, y permitirá incluir deuda generada entre el 01 de enero de 2019 y el 30 de octubre de 2020. Será requisito para la adhesión y el correspondiente pago de las cuotas, la presentación de una Clave Bancaria Uniforme (CBU) como así también la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Para la adhesión a la Moratoria deberá asignar el servicio "Plan de Facilidades" a través de Clave Ciudad  seleccionando la opción "Res. 2 - 2021".

Normativa: “Res. 2/AGIP/2021” y "Res. 73/AGIP/2021".

Tutorial: Clave Ciudad - Asignación del Servicio Plan de Facilidades.

- Períodos a incluir: Inmobiliario/ABL: cuota 01/2019 a 10/2020 - Patentes: cuota 01/2019 a 05/2020.
- Monto máximo de la deuda a incluir: $ 1.500.000.-
- Valor de cuota mínima: $1.000.-
- Débito automático de las cuotas en la CBU informada.
- Sin intereses de financiación.
- Con condonación de intereses resarcitorios en función de la cantidad de cuotas solicitadas y el momento del acogimiento.
- No admite la refinanciación de planes vigentes.

La deuda total a regularizar podrá ingresarse en hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.

Quienes opten por hacerlo en cuotas, de acuerdo al plazo de tiempo y la cantidad de cuotas que elijan obtendrán diferentes reducciones de intereses. Es decir, a menor cantidad de cuotas y plazo de ingreso al plan desde su lanzamiento, mayor será la quita de intereses.

La misma estará vigente hasta el 30/06. Permite cancelar el total de la deuda, en un solo pago y con quita del 100% de los intereses.
Puede verificar el detalle de los períodos adeudados, incluídos en ésta, ingresando a la opción "Deuda Registrada" dentro de la sección "Tu Boleta", como así también visualizar y descargar la boleta correspondiente.

Podrá ser abonada de las siguientes formas y a través de los siguientes medios de pago:
- En efectivo con el código de barras: Pago Fácil y Rapipago (hasta $ 50.000.-), ProvincaNET -ex Bapro-(hasta $ 100.000.-).
- Por Internet y cajeros automáticos, con el código de pago electrónico: por Homebanking (con posibles límites según la entidad bancaria), PagoMisCuentas, Link Pagos, VISA Home y MasterConsultas.
  Se recuerda que en redes y en Homebanking puede aparecer la misma identificada como "Cuota 219".

Asimismo durante el mes de marzo 2021 entrará en vigencia la posibilidad de rehabilitar planes caídos en aquellos casos en que los contribuyentes hubieren adherido a algún plan de facilidades anterior y que el mismo hubiera quedado caduco o nulo durante el período fiscal 2020. Dicha rehabilitación permitirá mantener las condiciones y beneficios establecidos en el mismo, al momento de su suscripción.
La misma será realizada de oficio por esta Administración, siempre que cumpla con todas las especificaciones establecidas en la Resolución Nº 02-AGIP-2021. Y serán los contribuyentes y/o responsables quienes acepten o no la misma.

Para la rehabilitación de un plan caído se deberá ingresar al aplicativo “RePCa”, a través de Clave Ciudad.


Fuente: AGIP

 

Comentarios

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan.