Paso a Paso: Compras al exterior más explicación

Puerta a puerta: el micrositio de la AFIP con el "paso a paso" del servicio de entregas para compras en el exterior. Alberto Abad ya detalló el procedimiento para recibir...

Paso a Paso: Compras al exterior más explicación

Puerta a puerta: el micrositio de la AFIP con el "paso a paso" del servicio de entregas para compras en el exterior. Alberto Abad ya detalló el procedimiento para recibir productos extranjeros. También sirve para los que están varados en Aduana. El mecanismo variará dependiendo si se elige el correo oficial o el privado. Las diferencias están dadas en características como los límites de peso e importe 

Después de marchas y contramarchas, idas y vueltas, regresa el mecanismo para que los argentinos puedan volver a comprar productos en el exterior y recibirlos en sus casas sin tener que pasar por la Aduana.

El procedimiento variará, dependiendo si se elige el correo oficial o el privado. Las diferencias están dadas en características como los límites de peso e importe, principalmente.

A fin de simplificar la tarea de los futuros compradores, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un completo micrositio en donde -a través de guías e instructivos- detalla las claves y puntualiza el "paso a paso" del servicio de entrega para las compras en el exterior.

 

Puerta a puerta
Dentro del apartado principal, el organismo a cargo de Alberto Abad comienza explicando cuál es el nuevo procedimiento:

- El destinatario recibirá una notificación del correo informando la existencia de un envío a su nombre e indicando el número de tracking asociado.

- Posteriormente deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales”. Aquí se deberá ingresar el número de tracking del envío, el valor y la descripción de la mercadería a recibir.

- El sistema emitirá de forma automática la declaración jurada para su impresión y el VEP por los conceptos y valores a abonar.

Este VEP estará vigente hasta la hora 24 del día de su generación; cumplido este plazo, se anulará y el interesado deberá generar uno nuevo utilizando el número de tracking.

Una vez concretado el pago, el ciudadano recibirá el envío en su domicilio.

- Finalmente, el destinatario del envío deberá confirmar la recepción dentro de los 30 días corridos de recibido, utilizando su clave fiscal nivel 3 o superior.

De no confirmar la recepción, el destinatario no podrá recibir otro envío bajo esta modalidad hasta que la confirmación se haga efectiva o se justifique ante la Aduana indicando los motivos por los cuales no se realizó la confirmación.

Si por cualquier motivo asociado a sus funciones de control, el servicio aduanero decidiera suspender el envío a domicilio, el destinatario recibirá una nueva notificación informándole que deberá retirar en sucursal.

- El monto del tributo a abonar corresponde al 50% del excedente de la franquicia, siendo esta de u$s25 a utilizarse en un solo envío y una vez por año calendario.

- Se deberá contar con CUIT/CUIL/CDI, clave fiscal nivel 3 o superior y las mercaderías no podrán superar los 2 kilos, además de que su valor no podrá ser superior a 200 dólares.

- Se puede rechazar la modalidad de envío puerta a puerta marcando la opción dispuesta a tal efecto dentro del formulario “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales” y proceder al retiro en sucursal.

¿Qué ocurre si se desconoce el contenido del envío?

 

De desconocerse el contenido del envío, y en ese caso también su valor, el receptor de la mercadería deberá dirigirse al servicio aduanero para que se efectúe la apertura en su presencia y posteriormente pueda confeccionar la declaración simplificada.

¿Se debe pagar el tributo si el contenido del envío es un regalo?

Sí, los regalos no están exentos del pago del tributo.

Además, de la guía antes mencionada, el fisco nacional puso a disposición de los contribuyentes un amplio instructivo online.

 



El mismo da cuenta del paso a paso que permite realizar la declaración simplificada de envíos postales internacionales:

 

PasoaPasoenviosPostalesInternacionales by Guía del Contador on Scribd

PASO 1 Ingresár a la página web de la AFIP y presionar en el recuadro de “Acceso con Clave Fiscal” el botón “Ingresar” Luego de consignar número de CUIT y clave fiscal, presionar “Ingresar”.

A continuación el sistema desplegará en pantalla la lista de servicios AFIP que están habilitados. Seleccionar “ENVÍOS POSTALES INTERNACIONALES”.

PASO 2 Una vez dentro del servicio, hacer clic sobre la barra de menú ubicada en el margen izquierdo de la pantalla.

PASO 3 Al hacer clic sobre la barra, el sistema desplegará las siguientes dos opciones:

- Carga de Declaración.

- Consulta y Confirmación.

Se debe hacer clic sobre “Carga de Declaración”.

PASO 4 A continuación, el sistema desplegará la solapa “Datos del envío”. Allí se tendrá que cargar como dato obligatorio en “Identificador del Envío” el número de tracking y luego presionar “Consultar”.

El número de tracking está compuesto por 13 caracteres alfanuméricos y es entregado por el correo para el seguimiento de tu envío.

En caso de haber consignado la entrega en un domicilio, al colocar el código de tracking, losdatos del domicilio serán completados por el sistema y no podrán sufrir modificaciones.

En caso de haber seleccionado el retiro en la sucursal del correo, al colocar el código de tracking, se tendrá que seleccionar el país de origen del producto del envío y completar los datos del domicilio del envío.

PASO 5 Luego de completar todos los datos requeridos, hacer clic sobre la segunda solapa “Productos del Envío”. 

Una vez que cargados todos los datos del producto se debe hacer clic en “Agregar”. Mientras la declaración esté “en curso” se pueden agregar nuevos productos, modificar los datos cargados o eliminar los productos agregados.

PASO 6 Por último, se debe hacer clic sobre la solapa “Controles y Liquidación”. Allí se deberá informar los siguientes ítems:

- Franquicia Anual de 25 dólares. En caso de tener disponible la franquicia consigna “Sí” para que la franquicia sea aplicada sobre el derecho de importación a pagar.

Cantidad de productos declarados.

Monto total de productos declarados.

- Valor CIF (Costo + Seguro + Flete). Completar el campo con el valor total en caso de no tener discriminado el monto en dólares del Seguro + Flete.

- Seguro + Flete. En caso de no saber su monto colocar “0” Una vez que terminado de cargar todos los datos, presionar “Calcular” para que el sistema calcule el derecho de importación a pagar.

Eiste la posibilidad de guardar la presentación como borrador para seguir confeccionándola luego, presionando el botón “Grabar Borrador”

Para finalizar con el trámite hace clic en “Presentar Declaración”, el sistema a continuación arrojará el acuse de recibo y direccionará para enviar el VEP consolidado a la entidad de pago que selecciones. 

Luego, se debe seleccionar el VEP generado y luego la entidad de pago al cual se enviará el VEP. Para abonar el VEP se debe ingresar a la entidad de pago seleccionada con clave bancaria y realizar el pago. Se debe tener en cuenta que el VEP expira a las 24 hs del día en que fue generado.

¿Cómo se consulta el estado de la declaración?

PASO 1 Dentro del servicio se debe hacer clic sobre la barra del menú, el sistema desplegará las siguientes dos opciones:

-Carga de Declaración.

-Consulta y Confirmación

Hacer clic sobre “Consulta y Confirmación”.

PASO 2 Una vez dentro de “Consulta y Confirmación”, ingresar en “Identificador del Envío” el número de tracking, colocar el rango de fechas y presionar "Consultar".

A continuación el sistema, mostrará en pantalla el estado de la declaración generada vinculada a ese número de tracking.

Los posibles estados que el sistema arrojará son:

- En curso. Aparecerá cuando la DJ no haya sido presentada

- Presentado. Aparecerá cuando la DJ esté presentada pero el VEP no haya sido pagado

Pagado. Aparecerá cuando la DJ esté presentada y el VEP haya sido pagado

- Liberado a correo. Aparecerá cuando la DJ esté presentada, el VEP haya sido pagado y la encomienda haya sido entregada al correo.

- Entregado. Aparecerá cuando la encomienda haya sido entregada a su destinatario, debiendo este confirmar la recepción antes de los 30 días de recibirlo en su domicilio

- Observado. Aparecerá cuando la encomienda esté en proceso de control aduanero

¿Cómo confirmo la recepción del envío?

Dentro del servicio, se debe hacer clic sobre la barra del menú, el sistema desplegará las siguientes dos opciones:

- Carga de Declaración.

- Consulta y Confirmación

Hacer clic sobre “Consulta y Confirmación”. Allí para confirmar la recepción se debe tildar el recuadro y presionar el botón “Confirmar Envíos Recibidos".

Claves

En Resumen, las claves del sistema que vuelve a implementarse a partir de hoy son:

1. Límite de peso e importe: el envío a domicilio dependerá de estos dos factores. Para Correo Argentino, es de hasta 2 kilos y 200 dólares, mientras que para los couriers es de hasta 50 kilos y 1.000 dólares.

Hay otro factor a tener en cuenta. El límite de precio siempre se calcula sobre el valor total del producto, sin incluir impuestos ni costo de envío.

Si una computadora sale 950 dólares, y con el costo de envío del courier supera los 1.000, igual podrá comprarla para que llegue a domicilio. La mecánica también aplica con el correo oficial.

2. Cantidad y tiempo de envío: para que el producto llegue a domicilio, el Gobierno estableció un tope de cinco envíos por persona y año calendario con el correo privado. Para el oficial, no hay límite de envíos. 

Los productos que se piden por correo oficial llegan por barco desde el país de origen hasta la Argentina, por lo cual tardan más.

En cambio, las compras por courier viajan por avión, y llegan entre dos y cuatro días al país según el lugar de origen.

3. Franquicia de 25 dólares: este beneficio aplica sólo para el correo oficial, no para el servicio privado. La franquicia está disponible en la primera compra y aplica para el cálculo impositivo sobre el producto.

4. Límite de especies: como el sistema está pensado para pequeños envíos y consumo minorista, la AFIP estableció un límite de compra de tres productos de la misma especie. Por ejemplo, sólo podrá comprar tres remeras durante un año.

Pero esto no significa que en el mismo paquete no pueda traer más productos. Siempre y cuando no se superen los 50 kilos y los 1.000 dólares, podrá traer en un mismo paquete, por ejemplo, tres remeras, un teléfono y dos pares de zapatillas.

5. Impuestos: en este item también hay diferencias. Para el oficial, el gravamen es del 50% del valor de la mercadería. Los productos de hasta 25 dólares no pagan impuestos a la importación, y los que superen los u$s3.000 -que ya no llegan a domicilio- siguen el tratamiento de envío comercial.

Para los couriers no aplica el 50%, ya que el tributo a cobrar dependerá de la posición arancelaria del bien, que contempla el origen y las características, entre otras cuestiones.

Una vez que el producto llega al país, el courier se encarga de procesar y liberar cada envío, paga los impuestos y aranceles a la Aduana y clasifica la mercadería. Si la persona hizo un prepago de los impuestos, no deberá abonar nada más. Si no lo hizo, pagará los gravámenes correspondientes al producto cuando se lo entreguen en el domicilio.

6. Volante Electrónico de Pago (VEP): es tarea del comprador generar este comprobantesólo si el producto se compró vía correo oficial. Cuando la mercadería llega al país, el correo le avisa al destinatario y ahí deberá  generar el VEP en la web de la AFIP. 

La entrega del producto a domicilio se hace luego (y no antes) de la generación y entrega del VEP.

7. Un paso en común: el formulario 4.550 de la AFIP dejó de existir, pero al comprar por cualquier empresa, el consumidor deberá comunicar en la web del organismo que recibió el producto dentro de los 30 días corridos luego de su llegada al domicilio.

Se debe tener un CUIT/CUIL y la clave fiscal con un nivel de seguridad 3, que significa tener los datos biométricos registrados (huella dactilar, fotografía y firma).

Si no se hace durante los primeros 30 días después de recibir el producto, el próximo envío que lo tiene como destinatario no podrá ser librado de la Aduana, y pasará al régimen general de importación.

8. Regalos: los límites y características que se explicaron en todos los puntos anteriores no se aplican sólo a la compra de productos. También aplica para los regalos que pueda recibir un destinatario que habita en territorio argentino. 

Diferencias entre los distintos regímenes

A través de las resoluciones generales 3915 y 3916, el organismo a cargo de Alberto Abad detalló los pasos que deberán cumplir los compradores para poder recibir los objetos que adquieran en el exterior. 

El mecanismo difiere ligeramente según se trate de uno de los siguientes casos:

I) Productos que ingresen al país a través de cualquier de servicio postal o courier menos Correo Argentino.

II) Productos que ingresen al país a través de Correo Argentino, tengan un valor inferior a u$s200 y no pesen más de dos kilos.

III) Productos que ingresen al país a través de Correo Argentino y valgan más de u$s200 o pesen más de dos kilos.

 

A continuación, el paso a paso para cada uno de los casos:

I) Productos que ingresen al país a través de cualquier de servicio postal o courier menos Correo Argentino

Requisitos previos: para poder recibir pedidos bajo esta modalidad, el paquete deberá cumplir con las siguientes condiciones:

a. Valer u$s1.000 o menos.

b. Pesar menos de 50 kilos.

c. Tener en su interior tres o menos unidades del mismo producto.

d. No haber superado el límite de cinco pedidos de este tipo por persona en el año.

Cumplidos los cuatro requisitos, habrá que seguir los siguientes pasos para recibir el producto:

1. Una vez que realizada la compra, el paquete será despachado al país. A diferencia de los casos II) y III), el usuario no deberá declarar los datos del envío ante la AFIP.

Del trámite se encargará la empresa de servicio postal o Courier contratada para traer el paquete. La compañía también se encargará de pagar el tributo de 50% del valor del envío ante la AFIP.

Cada empresa definirá cómo se organizará para realizar esos trámites, pero no quedan dudas de que los costos serán trasladados al usuario para que los pague antes o al momento de recibir el envío.

2. Una vez recibido el producto, el comprador deberá notificar electrónicamente su recepción a la AFIP. El trámite deberá ser realizado dentro de los 30 días corridos de la recepción en la web del organismo de recaudación (http://www.afip.gob.ar). El comprador no podrá volver a recibir otros pedidos hasta tanto no cumpla con este requisito.

II) Productos que ingresen al país a través de Correo Argentino, tengan un valor inferior a u$s200 y no pesen más de dos kilos.

1. El comprador recibirá una notificación de Correo Argentino que informará que existe un envío a su nombre, pasible de ser entregado a domicilio. Indicará además un número de tracking asociado al paquete.

2. Una vez recibida esa notificación, el usuario deberá ingresará a la página web de la AFIP y hacer click en el apartado "Declaración simplificada de envíos postales internacionales".

Una vez dentro, deberá ingresar su clave fiscal, que debe tener un nivel de seguridad 3 como mínimo para poder operar. (En caso de no poseerla, puede consultarse cómo tramitarla en esta página).

3. Una vez dentro del apartado "Declaración simplificada de envíos postales internacionales", el usuario encontrará un formulario donde deberá ingresar el número de tracking del envío que le habrá dado el correo contratado para el envío. La pantalla mostrará entonces los datos del destinatario y el domicilio de recepción.

4. A continuación, el usuario deberá ingresar el valor de la compra y una breve descripcióndel o los artículos recibidos. Luego, tendrá que validar el registro. El sistema generará entonces un Volante Electrónico de Pago (VEP) por los impuestos que corresponda abonar (en la mayoría de los casos, el 50% del valor final del envío).

5. El VEP deberá ser abonado dentro de las siguientes 24 horas a su creación. Una vez vencido ese plazo, perderá su validez. En caso de no abonarse el VEP dentro del plazo de su vigencia, podrá generarse un nuevo VEP con el mismo número de tracking.

6. Una vez efectuado el pago, el comprador podrá recibir el envío en su domicilio. Si por algún motivo la AFIP decidiera suspender el envío a domicilio, el destinatario recibirá una nueva notificación del correo informándole que deberá acercarse a la sucursal.

7. Una vez recibido el producto, el comprador deberá notificar electrónicamente su recepción a la AFIP. El trámite deberá ser realizado dentro de los 30 días corridos de la recepción en la web del fisco nacional. El comprador no podrá volver a recibir otros pedidos hasta tanto no cumpla con este requisito.

III) Productos que ingresen al país a través de Correo Argentino y valgan más de u$s200 o pesen más de dos kilos.

1. El comprador recibirá una notificación de Correo Argentino que informará que existe un envío a su nombre, pasible de ser entregado a domicilio. Indicará además un número de tracking asociado al paquete.

2. Una vez recibida esa notificación, el usuario deberá ingresará a la página web de la AFIP y hacer click en el apartado "Declaración simplificada de envíos postales internacionales". Una vez dentro, deberá ingresar su clave fiscal, que debe tener un nivel de seguridad 3 como mínimo para poder operar.

3. Una vez dentro del apartado "Declaración simplificada de envíos postales internacionales", el usuario encontrará un formulario donde deberá ingresar el número de tracking del envío que le habrá dado el correo contratado para el envío. La pantalla mostrará entonces los datos del destinatario y el domicilio de recepción.

4. A continuación, el usuario deberá ingresar el valor de la compra y una breve descripción del o los artículos recibidos. Luego, tendrá que validar el registro. El sistema generará entonces un Volante Electrónico de Pago (VEP) por los impuestos que corresponda abonar.

5. El VEP deberá ser abonado dentro de las siguientes 24 horas a su creación. Una vez vencido ese plazo, perderá su validez. En caso de no abonarse el VEP dentro del plazo de su vigencia, podrá generarse un nuevo VEP con el mismo número de tracking.

6. Una vez hecho el pago, el usuario deberá acercarse a retirar el pedido a la sucursal del correo que le haya sido indicada.

7. En caso de que la AFIP considere que el valor declarado del paquete es incorrecto, podrá exigir al usuario una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada. Como resultado del nuevo cálculo, se generará en forma automática un nuevo VEP para abonar la diferencia. El pago deberá ser efectuado antes de retirar el envío.

Fuente: Iprofesional

REFORMA