Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos

Este trámite permite la inscripción voluntaria en un Registro de Exentos de Pleno Derecho.A fin de contribuir con una herramienta de carácter voluntario para que los sujetos...

Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos

Este trámite permite la inscripción voluntaria en un Registro de Exentos de Pleno Derecho.A fin de contribuir con una herramienta de carácter voluntario para que los sujetos exentos de pleno derecho no sean alcanzados por retenciones y/o percepciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos por parte de los Agentes de Recaudación e Información; la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ha creado el nuevo “Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos”.

El presente Registro está dirigido a quien ejerce su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa en esta jurisdicción y que se encuentra exento de pleno derecho al pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos en virtud  de lo establecido en el Art. 179, inc. 7 del Código Fiscal vigente y Decreto Reglamentario 2033-GCBA-2003.

Importante: Para que los ingresos derivados de la actividad profesional resulten exentos, es necesario que la carrera de grado universitaria posea una duración no inferior a 4 años, por lo cual en el transcurso del trámite se le requerirán una serie de datos complementarios.

Si tiene dudas respecto de estas condiciones puede realizar su consulta generando un ticket desde Exenciones de Ingresos Brutos de pleno derecho 
 

¿Cómo se realiza el trámite?

Para la realización de este trámite deberá gestionar previamente la Clave Ciudad Nivel 1 haciendo click aquí

Obtenida la Clave Ciudad Nivel 1, deberá adherir al servicio de Registro de Profesionales Exentos, aportando nombre y apellido, Nº de CUIT y dirección de correo electrónico, entre otros datos.

Una vez finalizada la inscripción, el contribuyente deberá validar por correo electrónico la dirección consignada y posteriormente recibirá otro correo que acreditará que la información ha sido registrada.

La permanencia en el presente Registro dependerá de que el contribuyente no modifique la situación frente al impuesto.

Para realizar este trámite haga click aquí

Realice aquí su consulta