Se oficializó el bono para trabajadores del sector privado

Se publicó en el Boletín Oficial el D. 841/2022 que establece el bono de hasta 24.000 pesos para los trabajadores privados

Se oficializó el bono para trabajadores del sector privado

Se publicó en el Boletín Oficial del sábado 17 de diciembre el Decreto de Necesidad y Urgencia 841/2022 mediante el cual se establece una asignación no remunerativa, por única vez, para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado que se rijan por la ley de contrato de trabajo -ley 20.744-, por el estatuto de la construcción -ley 22.250-, trabajadores agrarios -ley 26.727- y al personal de casas particulares –ley 26.844-

El monto del bono será de hasta $24.000 y se abonará por los empleadores en el mes de diciembre.

Destacamos que cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional.

La asignación no remunerativa mencionada se abonará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos y excluyendo el medio Salario Anual Complementario, correspondientes al devengado en el mes de diciembre, inferiores a $185.859 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional.

El monto del bono será de:

  • $24.000 para los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de diciembre, menores o iguales a $161.859;
  • la diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859 correspondientes al devengado en el mes de diciembre, para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado.

Señalamos que este bono podrá ser absorbido hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 que cuenten con Certificado MiPyME vigente podrán reducir los anticipos del impuesto a las ganancias en un importe equivalente al 50% del monto total abonado por el presente bono y diferir su pago para el Ejercicio del año 2023.

Los sujetos que sean empleadores del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, el importe abonado en concepto de la asignación no remunerativa integra la contraprestación por los servicios prestados a la que se refiere el inciso a) del artículo 16 de la Ley N° 26.063, resultando deducible del impuesto a las ganancias.

Asimismo, aquellos empleadores del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” que hubieren abonado el importe correspondiente a la asignación no remunerativa y que no se encuentren alcanzados por la posibilidad de deducción mencionada, podrán solicitar el reintegro de hasta el 50% de lo abonado por este concepto, de conformidad con las condiciones y modalidades que establezca la Autoridad de Aplicación, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de presentación.

Potenciar trabajo

Por medio de la resolución 2269/2022 del Ministerio de Desarrollo Social, también publicada en el Boletín Oficial del 17 de diciembre, se autoriza al pago extraordinario y adicional al Salario Social Complementario para el mes de diciembre, a la totalidad de la nómina de beneficiarios del mes de Noviembre del corriente año del programa “Potenciar Trabajo” en 2 cuotas de $ 6.750 cada una, la primera de ellas el día 21 de diciembre de 2022 y la restante el 6 de enero de 2023, por cada titular al que le corresponda dicha asignación, más el monto correspondiente a las comisiones bancarias y a la aplicación del Impuesto al Valor Agregado, como aporte extraordinario de carácter alimentario.

FUENTE: Errepar