Sociedades de garantía recíproca. Fondo de Riesgo. Precisiones

RESOLUCIÓN (SEyPyME) 160/2018

Sociedades de garantía recíproca. Fondo de Riesgo. Precisiones

Se establece la optimización de aportes a los Fondos de Riesgo de las sociedades de garantía recíproca (SGR) en pos del incremento de la cantidad de garantías otorgadas, de los montos de operaciones garantizadas y de la cantidad de micro, pequeñas y medianas empresas (mipyme) beneficiadas por el sistema, con el objeto de mejorar las condiciones de acceso al financiamiento de estas últimas.


VISTO:

El Expediente N° EX-2018-34314105- -APN-DGD#MP, la Ley N° 24.467 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1.076 de fecha 24 de agosto de 2001 y 699 de fecha 25 de julio de 2018, la Resolución N° 455 de fecha 26 de julio de 2018 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.467 y sus modificaciones se creó la figura de la Sociedad de Garantía Recíproca (S.G.R.), con el objeto de facilitar a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas el acceso al crédito.

Que por el Decreto N° 699 de fecha 25 de julio de 2018 se dictó una nueva reglamentación de la Ley N° 24.467 y sus modificaciones, a fin de delimitar los alcances de la misma y establecer los criterios que regirán en su interpretación.

Que mediante la Resolución N° 455 de fecha 26 de julio de 2018 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobaron las “Normas Generales del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas”.

Que resulta conveniente optimizar la realización de aportes a los Fondos de Riesgo de las Sociedades de Garantía Recíproca logrando así un incremento sustancial en la cantidad de garantías otorgadas, en los montos totales de operaciones garantizadas y en la cantidad de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas beneficiadas por el sistema, contribuyendo al mejoramiento de las condiciones de acceso al financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que desarrollan actividades en el país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias establecidas en el Artículo 81 de la Ley N° 24.467 y sus modificaciones, en el Decreto N° 699 de fecha 25 de julio de 2018, y en la Resolución N° 391 de fecha 11 de agosto de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y su modificatoria.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Art. 1 - Sustitúyese el Anexo de la resolución 455 de fecha 26 de julio de 2018 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del ex Ministerio de Producción, por el Anexo que, como IF-2018-48131976-APN-SECPYME#MPYT, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2 - La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3 - De forma.

TEXTO S/R. (SEyPyME) 160/2018 - BO: 1/10/2018

FUENTE: R. (SEyPyME) 160/2018


 

VIGENCIA Y APLICACIÓN

Vigencia: 1/10/2018

Aplicación: 1/10/2018

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