¿Qué información solicitamos para liquidar ganancias?

INFORMACIÓN PARA PREPARAR LAS DECLARACIONES JURADAS DE LOS IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES AÑO FISCAL 2017

¿Qué información solicitamos para liquidar ganancias

I - Inmuebles

a) Valuación fiscal, en su caso, base imponible, valor inmobiliario de referencia y toda otra valuación consignada en los comprobantes del impuesto inmobiliario y/o alumbrado, barrido y limpieza (ABL), según corresponda, al 31/12/2017 (acompañar fotocopias de las boletas de pago del año 2017).

Para el caso de cocheras o unidades complementarias, cuando no se cuente con la boleta del impuesto inmobiliario y/o ABL individualizada por conformar una única unidad funcional y estar en poder del Administrador, deberá solicitar fotocopia de la misma consignando tanto la cantidad como el porcentaje de participación de unidades propias y totales incluidas en dicha liquidación.

 

La AFIP cuenta con los datos de los registros de la propiedad y puede verificar la corrección de los valores declarados.

 

b) Datos de la nomenclatura catastral que figuran en la escritura respectiva.

c) Porcentaje de participación.

d) Respecto de los comprados o vendidos durante el 2017:

1. Fotocopia de la escritura respectiva o, en su defecto, constancia notarial acompañada de las facturas del escribano y por comisiones pagadas.

2. Número de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble.

3. Porcentaje de participación.

e) Inmuebles con boletos de compraventa: acompañar fotocopia del boleto y detalle de pagos en moneda nacional y extranjera efectuados hasta el 31/12/2017, indicando la fecha en la que se efectuó cada uno de ellos y la de posesión, si la hubiere.

f) Saldos de precio adeudados al 31/12/2017 por compra de inmuebles (ver ítem VIII).

g) Destino: recordamos que la ley de impuesto a las ganancias grava el valor locativo de los inmuebles exceptuando únicamente el correspondiente a casa-habitación.

h) En el caso de poseer inmuebles rurales, detallar número y cantidad de partidas que los componen y la valuación fiscal, en su caso, base imponible, valor inmobiliario de referencia y toda otra valuación consignada en los comprobantes del impuesto inmobiliario de cada una de ellas, indicando las que no posean mejoras.

i) Intereses pagados y/o devengados por préstamos hipotecarios.

j) Monto de alquileres pagados por inmueble destinado a casa-habitación y fechas de tales pagos, solo en caso de que no tuviere ningún porcentaje de ningún inmueble a su nombre, adjuntando el respectivo contrato (preferiblemente en formato “pdf”).

II - Automotores

a) Respecto de los existentes: importe, marca, modelo exacto, número de patente y porcentaje de participación.

b) Compras y ventas efectuadas durante el año 2017: fecha, monto de la operación, saldos de precio, intereses y porcentaje de participación.

c) Gastos del automóvil afectado a la actividad (recordamos que los gastos deducibles en el impuesto a las ganancias están limitados a $ 7.200 anuales por cada automotor).

III - Naves, yates y similares

a) Respecto de los existentes: fecha de compra, importe, marca, modelo, matrícula, año de fabricación y porcentaje de participación.

b) Compras y ventas efectuadas durante el año 2017: fecha, monto de la operación, saldos de precio, intereses y porcentaje de participación.

IV - Aeronaves

a) Respecto de los existentes: fecha de compra, importe, marca, modelo, matrícula y porcentaje de participación.

b) Compras y ventas efectuadas durante el año 2017: fecha, monto de la operación, saldos de precio, intereses y porcentaje de participación.

V - Explotación comercial, industrial o de servicios

Datos referidos al período enero a diciembre de 2017, incluyendo:

a) nómina de los bienes de uso afectados a la explotación, detallando los adquiridos y vendidos durante el año 2017 (descripción, fecha e importe); en el caso de inmuebles y automotores, incluir los datos identificatorios de cada uno de ellos de acuerdo a lo detallado en los puntos I y II anteriores;

b) disponibilidades, créditos y deudas al 31/12/2017, detallando Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de deudores y acreedores;

c) existencias de bienes de cambio a dicha fecha;

d) sueldos y cargas sociales abonados;

e) detalle del IVA adeudado por sujetos PYMES, de corresponder;

f) toda otra información relevante vinculada con dicha actividad (compras, ventas y gastos, entre otros).

 

Recordamos que a partir del 23/9/2013 están alcanzados por el impuesto a las ganancias los resultados originados por la venta de bienes muebles amortizables.

 

VI - Depósitos en cuenta corriente, a plazo fijo o en caja de ahorro

Los datos solicitados en el presente punto corresponden tanto a cuentas en entidades del país como del exterior:

a) Saldos al 31/12/2017: acompañar fotocopia de certificados de plazo fijo o, en su caso, listado con detalle de los mismos, así como fotocopias de los extractos bancarios de todo tipo, saldos de cajas de ahorro y cuentas corrientes en pesos y dólares, entre otros.

b) Intereses, ajustes por coeficiente de estabilización de referencia (CER) y diferencias de cambio percibidos durante el año.

c) Intereses devengados al 31/12/2017 y no percibidos a dicha fecha.

d) Número de Clave Bancaria Uniforme (CBU).

e) Detalle por mes y por Banco del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios debitado en cada cuenta bancaria, discriminando los correspondientes a los créditos.

 

Sin el detalle requerido no podrá computarse la proporción pertinente de este gravamen como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.

 

f) Importes de otros gastos debitados en las mismas.

g) Reintegro de IVA por utilización de tarjetas de débito y/o crédito.

VII - Acciones, cuotas parte de fondos comunes de inversión y títulos públicos que coticen en Bolsa

a) Existencias al 31/12/2017, indicando fecha, cantidad y monto de cada operación de compra y/o venta.

b) Rentas obtenidas durante el año, dividendos o intereses cobrados o puestos a disposición durante el año 2017, indicando:

1. fecha de aprobación de los mismos por parte del órgano correspondiente;

2. fecha de efectivo cobro de los mismos, indicando modalidad;

3. importe efectivamente percibido;

4. retenciones a cuenta del impuesto a las ganancias que hubieren sido practicadas por la sociedad emisora de las acciones, indicando motivo de las mismas.

c) Resultado de las operaciones: adjuntar comprobantes de las operaciones de compra y/o venta.

d) Importes del impuesto sobre los bienes personales que se hayan reintegrado a la sociedad emisora por su actuación como responsable sustituto del gravamen.

e) Recomendamos acompañar fotocopias de los resúmenes que emiten la Caja de Valores y los agentes de Bolsa.

 

Recordamos que se encuentran gravados los dividendos y las tenencias de acciones de sociedades extranjeras aunque coticen en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, como Tenaris SA, Telefónica SA, Banco Santander Central Hispano SA y Repsol YPF (Esp.) entre otras.

 

VIII - Créditos hipotecarios y otros

a) Nombre del deudor y número de CUIT o documento.

b) Fecha de constitución.

c) Número de escritura o prenda.

d) Valor de origen del préstamo.

e) Valor del capital del crédito al 31/12/2017.

f) Intereses percibidos durante el año 2017.

g) Intereses devengados al 31/12/2017 y aún no percibidos a dicha fecha.

 

Recordamos que la AFIP estableció un sistema de información y de retención de impuestos para las ejecuciones de créditos hipotecarios.

 

IX - Otros bienes (incluye moneda extranjera)

a) Detalle, precios, fecha de compra y/o venta y valores correspondientes.

 

La AFIP posee acabado conocimiento de todas las operaciones de compra y venta de divisas, por lo que se deberá ser particularmente cuidadoso con tal información a los fines de la confección de la declaración jurada. Del mismo modo, deben informarse los contratos de “futuros” de compras o ventas.

 

X - Préstamos obtenidos

a) Importe percibido y saldo pendiente al 31/12/2017, indicando datos del acreedor (nombre, domicilio y Nº de CUIT).

b) Intereses y diferencias de cambio pagados durante el año.

c) Afectación de dichos préstamos -destino-.

d) Fecha cierta de la operación.

XI - Moratorias y/o planes de facilidades de pago

a) Constancia de presentación.

b) Deudas incluidas en los mismos, indicando:

1. impuesto, concepto e importe de capital;

2. intereses;

3. multas.

c) Pagos realizados en el año, discriminando:

1. capital de las cuotas abonadas;

2. intereses por financiación pagados.

d) Cuotas pendientes de pago, indicando:

1. fecha de vencimiento;

2. capital de las cuotas adeudadas;

3. intereses por financiación adeudados.

XII - Remuneraciones percibidas durante el año

a) Neto cobrado (importe del recibo de sueldo).

b) Detalle de aportes jubilatorios.

c) Salario familiar.

d) CUIT del empleador.

e) Retenciones provisorias y definitivas por el impuesto a las ganancias.

 

Es imprescindible que se nos adjunte una fotocopia del formulario F-649, de corresponder. Recordamos que la falta de retención total o parcial del impuesto por parte del empleador no exime, a quien percibe dichas rentas, de su declaración y pago.

 

XIII - Honorarios y comisiones, entre otros, percibidos o devengados durante el año

a) Honorarios como director de sociedad anónima percibidos o votados durante el año calendario 2017, informando si tales montos han sido deducidos por la compañía y si resultan rentas computables para el perceptor.

b) Prestaciones de servicios: importe neto facturado y débito fiscal del IVA, si correspondiere.

c) Retenciones por impuesto a las ganancias. Acompañar fotocopias de los certificados.

d) Créditos y débitos fiscales del IVA, de corresponder.

e) Gastos relativos al ejercicio de la actividad, discriminando los correspondientes a automotores.

f) Importes facturados y pendientes de cobro al 31/12/2017.

XIV - Alquileres de inmuebles devengados durante el año

a) Importes brutos (indicar saldos impagos al 31/12/2017).

b) Retenciones sufridas por el impuesto a las ganancias. Acompañar fotocopias de los certificados.

c) Gastos incurridos e impuestos abonados o devengados durante el año.

d) Gastos y mejoras a cargo del locatario no susceptibles de indemnización por el locador.

e) Importes devengados y pendientes de cobro al 31/12/2017.

f) Saldo de las declaraciones juradas de IVA e ingresos brutos del mes de diciembre de 2017.

XV - Otros ingresos obtenidos

XVI - Seguro de vida, seguros de retiro y gastos de sepelio

a) Fecha y monto de los pagos.

b) Certificados de retenciones del impuesto a las ganancias por los montos retenidos.

XVII - Donaciones

a) CUIT y razón social de la entidad receptora.

b) Para donaciones en efectivo: fecha de depósito bancario, CBU e importe.

c) Para donaciones en especie: fecha de la donación, tipo de bien, cantidad y monto.

XVIII - Otras deducciones y desgravaciones

Detalle.

XIX - Cuotas de entidades asistenciales de salud

a) Nombre y domicilio de la entidad.

b) Importe pagado durante el año 2017.

c) Reintegros percibidos durante el año 2017.

d) En caso de realizarse pagos correspondientes a sujetos que no posean el carácter de cargas de familia deducibles, solicitamos discriminar los mismos.

XX - Honorarios pagados por asistencia médica y sanitaria

Acompañar las facturas de aquellos que no fueron cubiertos por obras sociales o planes de medicina prepaga por el grupo familiar a su cargo.

XXI - Cargas de familia

a) Parentesco.

b) Nombre y apellido.

c) CUIT o documento nacional de identidad (DNI).

d) Fecha de nacimiento.

e) Variaciones durante el año y fechas en las que las mismas se verificaron (nacimiento, defunción, mayoría de edad, casamiento y rentas propias, entre otros).

f) Total de ingresos en el año de cada una de las personas informadas.

XXII - Personal doméstico

a) Datos del trabajador del servicio doméstico (apellido y nombre, CUIL y cantidad de horas semanales que le presta servicios).

b) Detalle de sueldos abonados durante el año 2017.

c) Detalle de los aportes y contribuciones pagados mensualmente correspondiente al año 2017, indicando fecha de pago.

XXIII - Rentas obtenidas en el exterior

Detalle.

XXIV - Legados o herencias recibidos

Solicitamos adjuntar fotocopia de la respectiva documentación.

 

Recordamos que a partir del año 2011 se halla vigente en la Provincia de Buenos Aires el “impuesto a la transmisión gratuita de bienes” que grava las herencias, los legados, las donaciones y toda otra transmisión gratuita de patrimonios por montos mayores a determinados importes, cuando el receptor de los bienes esté domiciliado en dicha Provincia o para el caso de que losbienes transmitidos estén localizados en la misma. La Provincia de Entre Ríos ha establecido un tributo similar. Los mismos han sido parcialmente impugnados por el Poder Judicial.

 

XXV - Sociedades en las que posea participaciones y acciones de sociedades o participaciones en fideicomisos que no coticen en Bolsa

a) Participación al 31/12/2017 en:

1. el capital de la empresa:

i) contable;

ii) impositivo;

2. el resultado del ejercicio cerrado durante el año 2017:

i) contable;

ii) impositivo;

3. las amortizaciones impositivas computables.

b) Aportes y retiros efectuados en el ejercicio y año calendario.

c) Saldo de su cuenta particular al 31/12/2017 indicando claramente si es deudor o acreedor para el declarante.

d) Intereses y actualizaciones ganados o pagados.

e) Denominación, tipo de sociedad y número de CUIT.

f) Compras y ventas de acciones efectuadas durante el año 2017.

g) En el caso de haber cobrado rentas, dividendos o similares, detallar:

1. fecha de aprobación de los mismos por parte del órgano correspondiente;

2. fecha de efectivo cobro de los mismos, indicando modalidad;

3. importe efectivamente percibido;

4. retenciones a cuenta del impuesto a las ganancias que hubieren sido practicadas por la sociedad emisora de las acciones, indicando motivo de las mismas.

h) En el caso de aportes a SGR, CUIT de la sociedad, datos del aporte (fecha e importe) y datos de los rendimientos cobrados (fecha, moneda o especie y cantidad e importe).

 

De acuerdo a lo establecido por la L. 25585, el impuesto sobre los bienes personales correspondiente a las acciones o participaciones en el capital de entidades regidas por la L. 19550deberá ser liquidado e ingresado por la sociedad emisora.

 

XXVI - Bienes en el exterior

a) Existencias al 31/12/2017.

b) Ubicación.

c) Fecha y valor de origen en moneda extranjera y en pesos.

d) Valor de mercado al 31/12/2017.

e) Especificar si fueron regularizados por la ley de sinceramiento fiscal acompañando una copia de las declaraciones juradas presentadas y de sus papeles de trabajo.

f) Rentas obtenidas en el año.

g) Retenciones de impuestos sufridas o impuestos pagados, indicando gravamen al que corresponde.

h) Acompañar copia de los resúmenes bancarios desde dicha fecha hasta el correspondiente al 31/12/2017, en especial el analítico con detalle de movimientos diarios (“activity”).

i) Si la cuenta bancaria perteneciera a una sociedad: acompañar una copia del balance, de corresponder.

j) Informar los dividendos percibidos/retiros mes a mes de dicha sociedad extranjera.

k) Informar los intereses y dividendos percibidos mes a mes desde una cuenta personal.

l) Informar el país emisor de los bonos extranjeros.

m) Valores de alquileres obtenidos mes a mes o susceptibles de obtener.

n) Gastos de expensas e impuestos sobre la propiedad mes a mes y el tipo de cambio de cada fecha.

XXVII - Tarjetas de crédito personales

a) Indicar tipo y si tiene familiares adheridos.

b) Monto de los pagos efectuados durante el año, discriminados, en su caso, en aquellos vinculados a alguna actividad generadora de renta gravada y los destinados a consumo. Acompañar, en su caso, el resumen por concepto que envían algunas tarjetas.

XXVIII - Estimación de gastos en consumo personal durante el año 2017

En especial:

a) Los gastos a los que hacemos referencia son:

1. expensas e impuestos, luz, gas, teléfono y otros servicios públicos de los inmuebles no afectados a alquileres;

2. mantenimiento, seguros, reparaciones e impuestos a los automotores no afectados a la actividad;

3. educación de los hijos y cuotas de colegios privados, entre otros;

4. cuotas de clubes y countries;

5. primas de seguros;

6. viajes al exterior;

7. entre otros.

b) La apertura que la AFIP puede requerir de dichos datos es la que se detalla seguidamente:

1. Educación.

2. Salud.

3. Recreación.

4. Alimentación.

5. Gastos personales.

XXIX - Aportes jubilatorios como trabajador autónomo o a cajas profesionales

a) Fecha, importe y mes al que corresponden los pagos efectuados, indicando categoría a la que corresponden.

b) Saldo de su cuenta de capitalización si hubiera optado por el régimen privado y tal opción se mantuviera vigente.

XXX - Anticipos y pagos a cuenta

a) Enviar los originales o fotocopias de los comprobantes de pago de anticipos, retenciones y otros pagos a cuenta de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, incluyendo los pagados durante el año 2018 a cuenta del período fiscal 2017.

b) Formulario de solicitud de reducción o eximición de anticipos, de corresponder.

c) Impuesto sobre los créditos y débitos bancarios: ver punto VI-e).

XXXI - Otra información

a) Cantidad, tipo y número de facturas o documentos equivalentes utilizados.

b) Toda aquella que estime que corresponda suministrar para formular correctamente las declaraciones respectivas.

c) Impuesto pagado por el sinceramiento fiscal. Forma de pago.

Fuente: ERREPAR

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