19-12-2019

Ajuste por inflación: se duplica el diferimiento del resultado

La modificación que propone el proyecto de ley duplica el plazo de imputación del resultado para el primer y segundo ejercicio iniciado a partir del 1/1/19 el que deberá imputarse 1/6 en el período fiscal que se liquida y los 5/6 restantes, en partes iguales, en los 5 períodos fiscales inmediatos siguientes.

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