Requisitos y Pasos para dar de baja impuestos o regímenes.
Pasos para dar de baja impuestos o regímenes.
- Ingresar con clave fiscal al servicio "Sistema Registral" y en la pantalla principal del sistema deberá seleccionar "Registro Tributario".
- Seleccionar "F 420/T Baja de Impuestos/Regímenes". El sistema mostrará un desplegable donde se deberá seleccionar el motivo de baja y la fecha en la que se produjo.
- Confirmar la operación y a continuación el sistema emitirá una constancia de la cancelación de impuesto/régimen.
Requisitos para la baja de impuestos o regímenes.
Es importante tener en cuenta que:
- La solicitud de baja debe ser presentada hasta el último día hábil del mes siguiente a aquél en que se produzca el cese de la actividad declarada y/o la extinción de las causales generadoras de la obligación.
- La cancelación surtirá efectos a partir del día hábil siguiente a aquél en que se produjo la causa de la baja informada.
- No podrá iniciar el trámite de baja por Internet si registra inconvenientes con el domicilio declarado y/o los datos referenciales. En estos casos deberá concurrir a la dependencia en la que se encuentra inscripto, con la documentación respaldatoria, a fin de subsanar el inconveniente.
- De registrar deuda pendiente con la AFIP, la misma puede ser incluida en los Planes de Facilidades Vigentes.
La exclusión como contribuyente o responsable de la totalidad de las obligaciones por cese definitivo de las actividades, podrá solicitarse y procederá siempre que finalicen las actividades gravadas que motivaron la inscripción.
Fuente: AFIP
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