Objetivo: Con la instrumentación del "Registro de Altas y Bajas en Materia de la Seguridad Social", creado con los datos obrantes en otras bases informáticas...
Por ello a efectos de simplificar los trámites que deben cumplir los empleadores, ambos organismos han desarrollado un sistema informático que permite la generación y emisión de la mencionada certificación vía "Internet".
Para la generación y emisión de la certificación de servicios y remuneraciones, es condición previa y necesaria que:
* La relación laboral de que se trate se encuentre registrada en SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL, excepto que se trate de períodos anteriores a Octubre/2005 y el contribuyente haya cumplido con las previsiones de la R.G. 3834/99
* Estén presentadas las declaraciones juradas correspondientes a los períodos no prescriptos posteriores al mes de junio de 1994, comprendidos en la certificación de servicios y remuneraciones a generar.
* Se rectifiquen las declaraciones juradas indicadas, cuando los datos a certificar no guarden relación con los declarados.
Períodos anteriores a junio de 1994
Para el caso que la certificación comprenda períodos anteriores al mes de junio de 1994, inclusive, el sistema podrá requerir:
* El número de cuenta o de inscripción del empleador otorgado por la ex Dirección Nacional de Recaudación Previsional,
* el número de afiliación del trabajador ante la ex Caja de Previsión Social, y
* los distintos números de documentos que posea el trabajador (DNI, DU, CI, LC, LE y/o pasaporte).
Resolución General N° 2316 Año 2007
Modos de acceso
Para obtener la Certificación de Servicios los empleadores podrán ingresar:
Desde la página web de AFIP ( www.afip.gob.ar ). Ingresando con Clave Fiscal al servicio: "Mi Simplificación", opción "Certificación de Servicios". Es indispensable, como paso previo a ello, dar el alta del servicio "Mi certificación - ANSES" mediante la opción denominada "Administrador de Relaciones" (ver pasos).
Desde la página web de ANSeS ( www.anses.gob.ar ). Utilizando Clave de Seguridad Social generada por ANSES, ingresando por "Autopista de Servicios" - "Certificación de Servicios".
Resolución General N° 2316 Año 2007
Fuente: Afip.com
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