El Código de Operación de Traslado (COT) es un régimen por el cual se informan los bienes que se trasladan, su origen, destino, propietario y destinatario entre otros datos relevantes.
Medios de obtención del COT
Para generar manualmente COTs, completar COTs pendientes, confirmar recepción de bienes o realizar consultas.
→ Acceder
Para realizar el COT a través del aplicativo de la Plataforma SIAP.
Para realizar la gestión del remito electrónico
→ Remito
Para confirmar la recepción o rechazo, total o parcial, de la mercadería, a través de la importación, procesamiento y envío de archivos informáticos.
→ Tabla de validación de comprobantes
→ Consultas on-line de códigos
→ Descarga de códigos (para uso local)
Comprenden el Régimen de Información COT las siguientes jurisdicciones:
Vigencia desde | Origen | Destino |
---|---|---|
16/05/2006 | Provincia de Buenos Aires | Provincia de Buenos Aires |
11/02/2015 | Provincia de Buenos Aires | Provincia de Santa Fe |
11/02/2015 | Provincia de Santa Fe | Provincia de Buenos Aires |
11/04/2017 | Provincia de Buenos Aires | Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
11/04/2017 | Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Provincia de Buenos Aires |
21/09/2017 | Provincia de Buenos Aires | Provincia de Mendoza |
21/09/2017 | Provincia de Mendoza | Provincia de Buenos Aires |
“Mediante este tipo de operativos se controlará que la mercadería transportada esté amparada por el COT y que la información transferida concuerde con lo efectivamente comprobado en el control.
Serán realizados exclusivamente por los agentes que estén asignados en las respectivas órdenes de verificación de operativos de control de mercadería en tránsito”
→ Reporte
→ Artículo 41 del Código Fiscal (T.O. 2011) incorporado por la Ley 13.405
→ Resolución Normativa Nº 31/19 (publicada en B.O. 04/10/2019)
→ Resolución Normativa N° 22/22 (publicada en B.O. 01/09/2022)
Para realizar operaciones vinculadas al sistema de generación del COT debés contar la Clave de Transporte, la cual podés obtenerla vía web o en los Centros de Atención.
Obtenida la Clave de Transporte, luego podrás autorizar a personas para que generen el COT.
Fuente: ARBA
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