¿En qué Régimen debo tributar ?

Los contribuyentes que desarrollen actividad gravada en CABA podrán optar entre Régimen Simplificado y Régimen  General. Los contribuyentes ya inscriptos en Régimen...

¿En qué Régimen debo tributar

Los contribuyentes que desarrollen actividad gravada en CABA podrán optar entre Régimen Simplificado y Régimen  General. Los contribuyentes ya inscriptos en Régimen Simplificado también pueden optar por el pase a Régimen General, pero en estos casos no podrán regresar a la modalidad anterior por un período de 3 (tres) años.

 

Pueden inscribirse en Régimen Simplificado los “pequeños contribuyentes”

Se consideran pequeños contribuyentes las personas físicas que realicen venta de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios, etc.,  las sociedades de hecho y comerciales irregulares, en la medida que tengan un máximo de tres (3) socios.

En todos los casos no deben superar:

-       Doscientos mil (200.000) pesos anuales de facturación

-       que el precio unitario de venta (solo en casos de cosas muebles) no supere los ochocientos setenta (870) pesos

-       doscientos (200) metros cuadrados de superficie afectada,

-       veinte mil (20000) kilowatts de energía consumida anualmente.

Deben inscribirse en Convenio Multilateral

Cuando un mismo contribuyente ejerza actividad gravable en más de una jurisdicción.

 

REFORMA