En esta guía te mostramos cómo declarar tus ganancias provenientes de rendimientos, intereses y/o enajenación de valores o depósitos a plazo; y las que provienen de la enajenación y/o transferencia de derechos de inmuebles.
RECORDATORIO
La declaración jurada se realiza a través del servicio con clave fiscal "Ganancias Personas Humanas - Portal integrado", el cual fue habilitado por defecto. El servicio "Ganancias Personas Humanas" fue eliminado del listado de servicios habilitados.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
- Para el rendimiento y/o enajenación de valores: Se declaran las ganancias provenientes de rendimientos y/o intereses de valores y depósitos a plazo y la enajenación de valores. Rige para los años fiscales que se inicien a partir del 01/01/2018 y se aplica a los intereses, rendimientos y resultados obtenidos por personas humanas y sucesiones indivisas.
- Para la enajenación y/o transferencias de derechos de inmuebles: Se declaran las operaciones correspondientes a inmuebles incorporados al patrimonio a partir del 01/01/2018. Rige para los años fiscales que se inicien a partir del 01/01/2018 y alcanza al resultado de la venta de inmuebles, el cual estará gravado a una alícuota única del 15% (queda exenta la enajenación de la casa habitación del contribuyente).
Fuente: AFIP
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