En este artículo te vamos a detallar hasta cuándo se pueden ingresar las deducciones del Impuesto a las Ganancias 2022 y cómo hacerlo
En este artículo te vamos a detallar hasta cuándo se pueden ingresar las deducciones del Impuesto a las Ganancias 2022 y cómo hacerlo. Puntualmente, se ingresan a través del sistema SIRADIG AFIP.
Precisamente, el servicio web "SIRADIG AFIP Trabajador" permite ingresar a los empleados en relación de dependencia las deducciones y cargas de familia en Ganancias.
El plazo de vencimiento del SIRADIG AFIP es el 31 de marzo del año siguiente al que se informa. Por ejemplo, para las deducciones del Impuesto a las Ganancias 2022 hay tiempo hasta el 31 de marzo de 2023.
Los pasos para agregar mi SIRADIG AFIP -y así cargar las deducciones en Ganancias- son los siguientes:
En este rubro tenemos como nueva carga de familia la Unión Convivencial, donde el beneficio se extiende a los concubinos y no hace falta estar casados.
Vale mencionar que algunas deducciones en Ganancias son anuales y otras es convenientes informarlas en el SIRADIG AFIP mes a mes, aunque no es obligatorio.
En tanto, hay gastos que se llaman generales y que se pueden deducir en Ganancias durante todo el año, con las condiciones que fija la AFIP, según explica en su página de Internet:
Cuota o abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes al empleado y a las personas que tenga declaradas como carga de familia.
Lo abonado por seguros de vida. En el caso de seguros mixtos, solo la parte que cubre el riesgo de muerte, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros.
Se pueden deducir en Ganancias las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del Impuesto a las Ganancias.
La deducción en Ganancias se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.
Importe de los intereses de créditos hipotecarios para la compra o construcción de inmuebles destinados a casa habitación. Se puede deducir en Ganancias hasta el importe de $20.000 anuales.
Los gastos de sepelio pueden deducirse en Ganancias cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia, hasta el tope de $996,23.
Es deducible en Ganancias hasta el 40% del alquiler de la vivienda, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible y que no sea titular de un inmueble en ningún porcentaje.
Quien vaya a deducirse en Ganancias este concepto deberá remitir una copia del contrato de alquiler en formato pdf a través del servicio con clave fiscal SIRADIG AFIP. Esto deberá hacerlo la primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de contrato.
Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir en Ganancias la remuneración y las contribuciones patronales abonadas.
Los aportes a Sociedades de Garantía Recíproca serán deducibles en Ganancias en el ejercicio fiscal en el cual se efectivicen, siempre que esos aportes se mantengan en la sociedad por el plazo mínimo de dos años calendario, contados a partir de la fecha de su efectivización.
La deducción operará por el 100% del aporte efectuado y no deberá superar ese porcentaje en ningún caso. El grado de utilización del fondo de riesgo en el otorgamiento de garantía deberá ser como mínimo del 80% como promedio en el período de permanencia de los aportes.
Seguros mixtos, excepto para los casos de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en los cuales serán deducibles en Ganancias tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro.
Cuando utilicen auto propio podrán deducir en Ganancias la amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.
Las compensaciones que abone el empleador se podrán deducir en Ganancias en los importes que fije el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente a la actividad de que se trate.
De no estar estipulados por convenio, se podrá deducir hasta un máximo del 40% de la ganancia no imponible, siempre que se encuentren liquidados con el recibo o constancia provista por el empleador.
Se considera como transporte de larga distancia a la conducción de vehículos con recorridos que excedan los cien kilómetros del lugar habitual de trabajo.
Debe haber sido adquirido para uso exclusivo en el lugar de trabajo y la deducción en Ganancias aplica si los gastos son obligatorios y los realiza el empleado en lugar del empleador, sin que se le reintegren los fondos.
Las entidades deben estar reguladas por la Superintendencia de Seguros para que proceda la deducción en Ganancias.
Hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares.
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Servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades.
Servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc.
Servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina.
Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales.
Fuente: iProfesional