Precios de Transferencia. Firma Digital. Vto de certificados.

ANÁLISIS Y CONSIDERACIONES. INTRODUCCIÓN. Según el régimen de firma digital instaurado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),...

Precios de Transferencia. Firma Digital. Vto de certificados.

ANÁLISIS Y CONSIDERACIONES. INTRODUCCIÓN. Según el régimen de firma digital instaurado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), los certificados deben renovarse cada 2 años (sólo podrán efectuarse 2 renovaciones luego de la solicitud inicial del certificado). Este régimen comenzó a regir para los informes de precios de transferencia de ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2012 que vencieron en agosto de 2013.

DESARROLLO. Para todo aquel firmante que gestionó la firma digital para el período agosto de 2013, su certificado estará venciendo próximamente. Consecuentemente, 30 días antes de la fecha de vencimiento del certificado, la autoridad certificante de la AFIP colocará en el “Portal del Suscriptor” un mensaje de alerta y, adicionalmente, enviará un “e-mail” a la dirección que el suscriptor tenga consignada en el sistema (el “e-mail” se remitirá desde la cuenta “acn@afip.gov.ar”) con el aviso de que su firma digital está próxima a vencer:

El sistema de la Autoridad Certificante de la AFIP, bajo los ptos. 2.1.3 y 8.2 de la Política de Certificación, le ha enviado una notificación. Debe ingresar al Portal del Suscriptor de laAutoridad Certificante de la AFIP y tomar conocimiento de la misma en el menú Personal, submenú "Mis Notificaciones".

Si no desea recibir más estas notificaciones, ingrese en la opción "Mis Datos" de su menú personal y desmarque la casilla "Deseo recibir notificaciones por e-mail".

Posteriormente, se podrá observar que se va a habilitar una opción en el servicio “AC de la AFIP” para hacer digitalmente la renovación:

Una vez que se ingrese a dicho servicio, obtendrá el siguiente mensaje que les permitirá realizar la mentada renovación:

Su certificado con número de serie ……… vencerá el día  de agosto de 2015. Recuerde que el mismo puede ser renovado sin necesidad de concurrir a un puesto de atención ingresando al servicio Autoridad Certificante de la AFIP (AC de la AFIP), menú Mis Certificados, identificar el certificado próximo a vencer y, haciendo click en Ver, presionar luego el botónSolicitar renovación. Siga las instrucciones posteriores.

Siguiendo las siguientes instrucciones, podrá solicitar la renovación:

1. Ingresar en el menú “Mis certificados” (margen izquierdo de la pantalla):

2. Luego, deberá identificar el certificado vigente a renovar, ingresar en “ver” (margen derecho de la pantalla) y continuar con el procedimiento de renovación:

3. Se abrirá la siguiente pantalla, en la que deberá ingresar en “Solicitar Renovación”:

4. De esta manera, podrá realizar la solicitud de renovación del certificado ingresando en “Generar”:

5. El resultado puede ser exitoso o bien arrojar el siguiente error:

Cuando no se pueda renovar los certificados según lo antes descripto, el firmante deberá generar una nueva solicitud de certificado digital y realizar el trámite personalmente en alguno de los puestos de atención.

ADVERTENCIAS

* Se aconseja utilizar el navegador “Internet Explorer” para este procedimiento. Otro navegador puede impedir realizar dicha tarea.

* Confirmar que el dispositivo criptográfico está instalado en la PC (para certificados “Clase 4”) cuando se esté realizando el procedimiento de renovación.

* Una vez concluida exitosamente, la renovación deberá importar el nuevo certificado al dispositivo criptográfico para certificados “Clase 4”.

* Transcurrido el período de validez del par de claves asociadas al certificado, el certificado digital asociado no podrá renovarse y dichas claves no deberán ser usadas por el suscriptor. En este caso, el firmante deberá generar una nueva solicitud de certificado digital y realizar el trámite personalmente en alguno de los puestos de atención.

CONCLUSIONES

* En caso de no llegar el “e-mail” antes mencionado (en la práctica no está llegando para algunos contribuyentes), consultar el estado de certificados vigentes para tratar de renovarlos.

* La renovación de un certificado digital de suscriptor no implica generar un nuevo par de claves.

* Recordar que no tener activa la “firma digital” puede hacernos inferir en la no presentación de los informes de precios de transferencia a través del formulario 4501.

* Finalmente, sugerimos verificar la fecha en la que se realizó la firma digital por primera vez y así prever el vencimiento de la misma. Considerando que está próxima a vencer en la primera semana de agosto de 2015, los informes de precios de transferencia de ejercicio son con cierre 31 de diciembre de 2014.

ALEJANDRO D. ORTEGA

CON LA COLABORACIÓN DEL LIC. NICOLÁS LITVAK

Fuente. Errepar.

REFORMA