Rige desde este mes una norma de auditoría que aumentará los costos. Los procedimientos incluirán preguntas a la dirección del ente para identificar si hay dudas...
Rige desde este mes una norma de auditoría que aumentará los costos. Los procedimientos incluirán preguntas a la dirección del ente para identificar si hay dudas sustanciales sobre la capacidad de la firma para continuar como una empresa en funcionamiento durante al menos los 12 meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables.
Una norma contable modifica los sistemas de auditoría de los balances incluyendo nuevas tareas no sólo para el contador, sino también para los responsables de la empresa, al tiempo que incrementará el costo del servicio. Los auditores deberán aplicar las nuevas disposiciones ya mismo, para los balances que cerraron ejercicio el 30 de junio pasado.
La Resolución Técnica 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas reemplaza a la Resolución Técnica 7, que regía las tareas de auditoría, e incorpora en un párrafo la "Responsabilidad de la Dirección" de la compañía sobre los estados contables y el control interno, explicó Andrés Zarauza, de MR Consultores a El Cronista.
Los procedimientos incluirán preguntas a la dirección del ente para identificar si hay dudas sustanciales sobre la capacidad de la firma para continuar como una empresa en funcionamiento durante al menos los 12 meses posteriores a la fecha de cierre de los estados contables.
Además, la copia a conservar de la información objeto del encargo deberá estar firmada por el representante legal de la empresa que emite los estados contables, mientras que se extiende el plazo de conservación de la documentación respaldatoria de la auditoría de 6 a 10 años. En realidad, muchos contadores ya cumplían este último plazo en virtud de otras normas, pero no había uniformidad, explicó Zarauza.
En caso de que la compañía tercerice servicios, el auditor deberá realizar tareas adicionales, desde ahora en forma obligatoria.
Algunas novedades sobre el informe del auditor son las siguientes:
La Resolución Técnica 37, por otra parte, mantiene las normas sobre presunciones de falta de independencia, referidas a relación de dependencia; parentesco; propiedad y administración del ente cuya información fuera objeto del encargo profesional; intereses significativos del ente cuya información fuera objeto del encargo profesional; y remuneración contingente o dependiente del resultado de la tarea o el resultado de los estados contables.
Pero se ha extendido el apartado, ya que ahora se indica que no es independiente el contador "cuando fuera cónyuge o equivalente" de alguno de los propietarios, directores, gerentes generales o administradores del ente cuya información es objeto del encargo o de los entes vinculados económicamente a aquel. De esta manera, se extiende a las personas que vivan en aparente matrimonio con el contador, indicó Zarauza.
Al hacer una evaluación de la RT 37, Zarauza consideró que algunas ventajas de la nueva norma contable son que unificará los informes de auditoría entre los entes que presentan estados contables bajo normas internacionales o normas locales, al tiempo que facilitará al lector de los estados contables identificar la opinión del auditor. Además, habrá una sistematización del informe al incluir títulos, manifestó.
Y entre las desventajas, Zarauza citó que aumenta la cantidad de tareas a realizar por el auditor y por el ente, y exigirá capacitación para los profesionales en ciencias económicas, mientras que aumentará la cantidad de horas de auditoría por las nuevas tareas y por en de mayor costo del servicio para las compañías.
Fuente: Iprofesional.