Volante Electrónico de Pago. Consideraciones generales.

¿Qué es un VEP? El VEP es el VOLANTE ELECTRÓNICO DE PAGO, único elemento que permite indicar la imputación de la obligación que se cancela, mediante...

Volante Electrónico de Pago. Consideraciones generales.

¿Qué es un VEP? El VEP es el VOLANTE ELECTRÓNICO DE PAGO, único elemento que permite indicar la imputación de la obligación que se cancela, mediante la operatoria de pagos por internet.

Funcionalmente, el VEP es la expresión virtual de los formularios 799, 801 y 105 manuales.

Fuente: RG 1778/04

¿Quiénes se encuentran obligados a realizar el pago de las obligaciones tributarias por medio del VEP? Estarán obligados a la cancelación de sus obligaciones a través de la modalidad de pago por transferencia electrónica de fondos, los contribuyentes y responsables que:

- Se encuentren en jurisdicción de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales (Agencias 19 y 20).

- Hayan sido incorporados oportunamente al Sistema de Control Especial dispuesto por la RG3423/91.

- Sean incorporados al universo de sujetos obligados a utilizar el servicio "Sistema de Cuentas Tributarias" mediante notificación de acuerdo a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley 11.683.

Fuente: Art. 3 RG 3486/13

¿Cómo se accede al sistema para generar el VEP? El VEP se puede generar accediendo al sistema con clave fiscal a través de nuestra páginawww.afip.gob.ar o, con usuario y clave de Entidades de Pago (Link y Banelco Homebanking o Interbanking).

1- Ingrese al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" (si accede a través de su homebanking, previamente deberá seleccionar la pestaña "SERVICIOS AFIP").

2- Seleccione "Nuevo VEP", dentro del ítem "Pagos". 

3- Luego deberá: 

a) Seleccionar e ingresar los datos requeridos inherentes al pago y efectuar la confirmación de los mismos. 

b) Seleccionar la entidad de pago.

Asimismo, tenga en cuenta que podrá visualizar la secuencia de pantallas necesarias para efectuar el pago de obligaciones por internet, ingresando aquí.

Fuente: CIT AFIP

¿Cual es el comprobante de pago? Los bancos, finalizado el pago por internet, emiten un tique con datos reducidos de la obligación cancelada. Además, una vez pagado, el VEP puede ser consultado en https://www.afip.gov.ardonde figura en estado de PAGADO, el cual puede ser impreso y es válido como comprobante de pago.

Fuente: C.I.T.

¿Debo ser titular de una cuenta para poder pagar? Operativamente no es necesario. Cualquier titular de una cuenta puede ordenar el pago de un VEP que cancela obligaciones de otro contribuyente. Si el VEP no lo genera el titular de la cuenta, para pagarlo debe conocer el CUIT de quien lo generó a fin de localizarlo en la Entidad de Pago. La operatoria de empresas en Interbanking, Red Link y Banelco funciona con un esquema de autorizaciones que se efectúa ante dichas Entidades de Pago.

Fuente: C.I.T.

¿Es obligatorio utilizar Interbanking como entidad de pago para los grandes contribuyentes? En ningún caso se obliga a utilizar una determinada entidad de pago.

Fuente: C.I.T.

¿Cómo procedo si el límite de movimiento de fondos de mi cuenta es menor al monto de alguna obligación a cancelar? Deberá comunicarse con el banco donde tiene radicada la cuenta y solicitar la ampliación de su límite. 

Fuente: C.I.T.

 

 

Fuente. AFIP.

 

 

 

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