Toda la información sobre cómo darte de alta y hacer operaciones como monotributista.
Si ya tenés tu CUIT, clave fiscal y registraste tus datos biométricos, tenés que continuar el trámite ingresando con tu clave fiscal desde la página de inicio de este sitio (Afip).
El sitio te va a guiar en el caso de que tengas que completar un dato en otra plataforma de AFIP, para luego seguir los pasos del alta de monotributo de manera online.
Como primer paso para poder ser monotributista tenés que contar con clave fiscal y solicitar tu CUIT, ingresando al servicio Inscripción Digital. El trámite es totalmente digital. Y, si no tenés clave fiscal o te la olvidaste, vas a poder solicitar una o recuperarla a través del mismo servicio.
Tené en cuenta que, si te encontrás comprendido dentro de las siguientes situaciones, no podrás realizar el trámite online en su totalidad. En estos casos, podrás realizar la carga digital del formulario y sacar turno en la dependencia que te corresponde según tu domicilio:
Para registrar los datos biométricos tendrás que acercarte, con turno previo, a la dependencia AFIP que te corresponde.
Luego desde la web deberás:
Una vez que todos tus datos estén completos y actualizados, podés iniciar el alta de tu monotributo, donde tenés que completar los datos requeridos en los siguientes pasos:
Tipo de monotributo
El tipo de monotributo depende de cómo vas a trabajar:
Como trabajador independiente
La opción más común. Es para cuando vendés productos o prestás servicios por tu cuenta, con o sin empleados. Si estás trabajando en relación de dependencia, sólo pagarás el componente impositivo, porque tu empleador realiza los aportes jubilatorios y de obra social.
Como miembro de una cooperativa
Si sos miembro de una cooperativa y tus ingresos brutos anuales no superan los $96.000, no pagás el componente impositivo de monotributo (sí jubilación y obra social). La cooperativa tiene que estar registrada en AFIP.
Si tus ingresos brutos anuales superan la suma de $ 96.000 deberás abonar, además de las cotizaciones previsionales, el impuesto integrado que corresponda, de acuerdo con la categoría en la que te encuadrás y según el tipo de actividad que realizás. La cooperativa tiene que estar registrada en AFIP.
Como trabajador independiente promovido
Si realizás una única actividad y cumplís con ciertos requisitos, pagás solamente el 5% de lo que factures en el mes y ese dinero se destina a tus aportes jubilatorios.
Como trabajador independiente promovido podés optar por pagar una obra social y elegir la que creas más conveniente del listado oficial.
Por otro lado te recomendamos que consultes la tabla de categorías para revisar lo que te va a salir sumar la obra social a tu cuota de monotributo
Más información sobre trabajadores independientes promovidos.
Otro tipos de monotributo
Monotributo Social
Si estás dado de alta en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, podes adherirte al Monotributo Social, habilitado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Si bien no es un trámite que se realice en AFIP, te damos la opción de reimprimir tu credencial y de consultar la información que tenemos disponible acerca de este régimen especial.
Régimen Simplificado Especial
Destinado a los pequeños productores agrícolas siempre que su actividad principal recaiga exclusivamente en el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate, té u otras hojas que se utilizan para preparar infusiones; y sea su única fuente de ingresos, exceptuando los provenientes de asignaciones familiares, jubilaciones, pensiones no contributivas y/o programas de inclusión social otorgados por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Este régimen te exime de pagar el impuesto integrado, debiendo abonar únicamente las cotizaciones previsionales previstas disminuidas en un 50 % por todas las actividades.
Monotributo Provincial
Es un sistema unificado destinado a los ciudadanos monotributistas, de las provincias de Mendoza, Córdoba y San Juan, alcanzados por el impuesto sobre los ingresos brutos de las administraciones tributarias provinciales adheridas y por la contribución municipal y/o comunal.
Para adherirte ingresá con tu clave fiscal al portal Monotributo opción Alta Monotributo y declará tu condición frente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y a la contribución municipal y/o comunal que incide sobre tu actividad. Este sistema te permitirá abonar ambos impuestos en un solo pago que incluirá:
Consultá la guía paso a paso monotributo provincial: ¿Cómo me doy de alta? para conocer en detalle el proceso de adhesión.
Caracterización de actividades
Régimen Simplificado Especial
Los pequeños productores que deseen adherirse tendrán que declarar el código de su actividad según el “Clasificador de Actividades Económicas” ingresando con clave fiscal al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario/Actividades”, o a través del Portal Monotributo.
Los Códigos de Actividad Económica deberán ser exclusivamente aquellos establecidos para actividades primarias:
Código de actividad económica | Descripción de la actividad |
---|---|
011400 | Cultivo de tabaco |
012510 | Cultivo de caña de azúcar |
012701 | Cultivo de yerba mate |
012709 | Cultivo de té y otras planta cuyas hojas se utilizan para preparar infusiones |
Aportes jubilatorios
Indicá si te corresponde pagar tu jubilación. Si ya estás pagándola indicá cómo, y si no elegí pagarla junto con el monotributo.
Pagar jubilación con monotributo
Si no trabajás en relación de dependencia o no estás pagando tu jubilación de ninguna forma, tenés que incluirlo en la cuota de monotributo.
Soy empleado relación de dependencia
Tenés que indicar el CUIT de tu empleador y la fecha de inicio de cuando empezaste a trabajar.
Si elegís esto no podés elegir obra social porque también te la tiene que proveer tu empleador.
Soy jubilado
Aporto a cajas previsionales provinciales
En este caso no tenés que pagar aportes jubilatorios ni obra social.
Obra social
Como monotributista tenés el derecho y la obligación de elegir y pagar tu obra social. Que puedas hacerlo o no depende de lo que hayas indicado en el paso anterior (aportes jubilatorios).
Elegir obra social
Elegí la obra social de tu preferencia, informándote previamente acerca de sus coberturas y afiliación con centros médicos cercanos a tu domicilio. También podés ver el listado de obras sociales de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Tené en cuenta que luego de darte de alta en el monotributo, también tenés que dirigirte a la obra social elegida para darte de alta en la misma.
Es importante que sepas que algunas obras sociales fueron informadas en situación como en situación de crisis. Lo que significa que tienen algún problema y que no aparecen en el listado de este paso para que las elijas, a menos que hayas elegido unificar aportes con tu cónyuge.
Unificar aportes con cónyuge
Opcionalmente podés unificar aportes de obra social con tu cónyuge, siempre y cuando tengan la misma obra social. Necesitás el CUIT de la persona para poder buscarla.
Agregar familiares
Opcionalmente podés cubrir a familiares con tu obra social, pagando un adicional por cada uno. Necesitás el CUIL del familiar e indicar tu relación.
Declaración jurada de salud
Tenés que completar y presentar la declaración jurada 300/97 en una oficina de ANSES. Hacelo lo antes posible para que la obra social te pueda cubrir los gastos médicos por cualquier problema de salud.
Consultá el listado de oficinas de ANSES.
Una vez que te des de alta tenés que hacer algunas operaciones antes de comenzar a desarrollar tu actividad:
Si pagás una obra social con tu monotributo, tenés que acercarte a un centro de atención de la misma a darte de alta y/o hacer el trámite de derivación de aportes.
Consultá lo que tenés que llevar.
Tenés que completar y presentar la declaración jurada 300/97 en una oficina de ANSES. Hacelo lo antes posible para que la obra social te pueda cubrir los gastos médicos si llegás a tener un accidente.
Consultá el listado de oficinas de ANSES.
Aquellos monotributistas encuadrados en las categorías A, B, C, D, E, F, G y H podrán acceder a las siguientes asignaciones familiares:
Mientras que los monotributistas con categoría I, J y K, podrán acceder a:
El monto a percibir dependerá de la categoría a la que cada titular esté aportando.
Consultá los requisitos para realizar el trámite en Anses.
El sitio te va a indicar si te falta algún dato para poder hacer facturas electrónicas, comenzar a utilizar controlador fiscal o solicitar talonarios para pedir facturas en papel en una imprenta.
En cualquier caso tenés que declarar el domicilio de tu o tus puntos de venta.
Para solicitar la impresión de facturas, notas de crédito, notas de débito, remitos, etcétera, antes de concurrir a la imprenta, deberás solicitar el “Código de Autorización de Impresión” (CAI).
Según la provincia en la que vivas y en la que trabajes, tenés que hacer un trámite para vincular el monotributo de AFIP con los impuestos que tenés que pagar a nivel provincial.
Te mostramos algunos de los organismos:
Además periódicamente tenés que cumplir con ciertas obligaciones:
Podés pagar hasta el día 20 de cada mes, generando un volante electrónico de pago (VEP) desde este mismo sitio.
Más información sobre cómo pagar el monotributo.
Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan tenés que evaluar tu actividad de los últimos 12 meses; si hubo cambios en tus ingresos, alquileres y demás, tenés que ingresar con tu clave fiscal para recategorizarte; si no lo hacés se entiende que no hubo cambios y quedás en la misma categoría.
Más información sobre modificar datos para la recategorización.
Cuando constatemos que, existiendo la obligación de recategorizarte, no la hayas realizado o habiéndola realizado, la misma sea inexacta, por verificarse que se realizaron compras, gastos o existen acreditaciones bancarias, por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual está encuadrado, se te asignará una nueva categoría de oficio.
Se te notificará en el Domicilio Fiscal Electrónico, el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada año, y podrás consultar los motivos ingresando con clave fiscal al servicio "Monotributo - Recategorización de Oficio - (MOREO)".
La recategorización de oficio practicada por esta Administración Federal, implicará la recategorización de oficio en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y, en caso de corresponder, en el Régimen Simplificado de la Contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios -cualquiera fuere su denominación.
Tendrá lugar en los meses de enero-junio y julio-diciembre y la recategorización semestral se realizará hasta el día 20 de los meses de julio y enero, respecto de cada semestre concluido en junio y diciembre respectivamente.
Tené en cuenta que los ingresos brutos correspondientes a los últimos 12 meses anteriores a la finalización de cada semestre calendario, que no podrán superar el límite máximo previsto para la categoría D, determinarán la categoría en la cual el pequeño productor debe encuadrarse.
Pero no tendrás que recategorizarte cuando:
Fuente; AFIP
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